Lo que debes saber sobre el acogimiento residencial en la infancia

El número de niños, niñas y adolescentes en acogimiento residencial en España ha aumentado un 5,5 %

Más de 51.200 niños, niñas y adolescentes crecen en acogimiento en nuestro país. El acogimiento residencial es uno de estos recursos de protección que les ofrece una alternativa segura cuando han experimentado situaciones complejas en su entorno familiar. Este sistema no solo cubre sus necesidades básicas, sino que también trabaja para el bienestar emocional y psicológico del niño, ayudándoles a conseguir un desarrollo saludable.

Los últimos datos publicados por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y que recoge Aldeas Infantiles SOS determinan que el acogimiento familiar predomina sobre el residencial, aunque este último ha crecido algo más de un 5 %. Se trata de una medida provisional hasta que puedan volver con su familia o se incorpore a una familia de acogida, ya que, según lo estipulado por la Ley de Protección Jurídica del Menor, tras la retirada de la tutela de un niño o niña de sus padres, la primera medida de cuidado alternativo recomendada es el acogimiento familiar.

Derechos de los menores en el acogimiento

Existen 6 derechos de los menores que prevalecen en cualquiera de las medidas de protección de la infancia, también en el acogimiento residencial:

  1. Interés superior del menor. Los niños, niñas y jóvenes son el centro en este proceso, participando -según edad y madurez- en lo que les afecta. En los tribunales u órganos legislativos, primará el interés superior del menor sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir.
  2. Convivencia familiar. El acogimiento debe realizarse en un entorno familiar adecuado y libre de violencia, priorizando siempre que sea posible la cercanía con su familia de origen.
  3. Relaciones personales. Los niños y niñas en acogida tienen derecho a mantener relación con su familia de origen, según lo establecido por la entidad pública, y conservar los vínculos afectivos con sus hermanos. Asimismo, las Administraciones deben procurar que permanezcan unidos o sean acogidos por una misma familia.
  4. Información. Tienen derecho a dirigirse directamente a la Entidad Pública,  ser informados, oídos y escuchados durante todo el proceso.
  5. Audiencia. Tendrán derecho a ser oídos en la tramitación de los procedimientos de acogimiento, valorándose su opinión.
  6. Trato individualizado. Tienen derecho a recibir el apoyo educativo y psicoterapéutico acorde a sus necesidades.

¿Qué tipos de residencias de protección existen?

Los diferentes centros y residencias de protección de la infancia están diseñados para responder a las diversas necesidades de los niños y niñas que han perdido el cuidado parental, proporcionando entornos seguros y adaptados a sus circunstancias específicas. En nuestro país podemos encontrar diferentes:

  1. Primera acogida. Estas residencias ofrecen atención material, afectiva y educativa con carácter urgente a niños, niñas o adolescentes. La estancia, que suele ser temporal, oscila entre 24 horas y varias semanas. En Aldeas Infantiles SOS contamos con el Programa de Primera Acogida y Valoración donde los niños permanecerán durante el tiempo estrictamente necesario para efectuar un diagnóstico y propuesta de futuro, o bien, si ello fuera posible, hasta la solución del problema que motivó su ingreso.
  2. Residencias infantiles. Un recurso residencial para niños de entre 3 y 18 años cuyo objetivo es garantizarles una convivencia que no sea diferente a la de otros niños de su edad; garantizándoles un adecuado desarrollo físico y emocional.
  3. Hogares o grupos familiares. En este caso se trata de centros más pequeños o entidades organizadas en pequeñas unidades de convivencia que acogen a niños entre 3 y 18 años con previsiones de una estancia mayor. En Aldeas Infantiles SOS contamos con nuestras Aldeas en las que se ofrece un entorno familiar protector, hogar estable y afectivo a largo plazo, a niños y jóvenes, que se han visto privados del cuidado parental.
  4. Preparación a la vida adulta. Pisos o unidades de convivencia son algunos de los recursos más utilizados para adolescentes. En estos casos se realizan acciones orientadas a la inserción formativa y sociolaboral. Nuestras Residencias de Jóvenes tienen el objetivo de acompañar a los jóvenes que se encuentran en el sistema de protección en su proceso de emancipación.
  5. Residencias específicas. Se trata de centros donde se acoge a niños y niñas con necesidades específicas debido a una discapacidad, a problemas de salud mental o consumo de tóxicos o trastornos de conducta.

Mejoras en el acogimiento residencial

En el estudio Los retos del acogimiento residencial, desde Aldeas Infantiles SOS ofrecemos posibles mejoras identificadas en los centros de acogimiento residencial, con el fin de garantizar el interés superior de la infancia y su bienestar. Algunas de ellas son las siguientes:

  1. Posibilitar la participación regular de los niños y las niñas en la determinación de sus mejores intereses.
  2. Informar y comunicar, adecuadamente y en plazo,  a los niños sobre sus medidas de protección, para propiciar su protagonismo a través de la participación y la escucha.
  3. Fortalecer las redes sociales básicas como son las de los grupos de hermanos, impidiendo su separación.
  4. Posibilitar la comunicación entre iguales para que puedan compartir sus  historias de vida y relatos, y fortalecer sus vínculos.
  5. Abrir los centros de protección a la comunidad para la integración social de los niños y las niñas tutelados.

El modelo de acogimiento residencial de Aldeas Infantiles SOS es de carácter familiar. Todos los niños, niñas y adolescentes reciben una atención personalizada, gracias a que conviven en hogares con grupos reducidos. En estas casas los hermanos permanecen siempre juntos y cuentan con figuras de referencia estables, esenciales para generar vínculos afectivos fuertes y, a su vez, para que desarrollen un sentido de pertenencia junto a personas que les van a apoyar de forma incondicional.